Condiciones generales

Condiciones generales de los contratos de viajes combinados

Condiciones generales del programa de la tarjeta Dorint

Condiciones de los agentes de viajes combinados

Arbitraje de consumo en la UE


Condiciones generales de los contratos de viajes combinados para los hoteles alemanes de las marcas Essential by Dorint, Dorint Hotels & Resorts y Hommage Luxury Hotels Collection

 

I. Ámbito de aplicación

1. Las presentes Condiciones Generales (en lo sucesivo, "CGC") se aplican a todos los contratos de viajes combinados celebrados con los respectivos operadores de un hotel "Dorint", "Essential by Dorint" y "Hommage" en Alemania (en lo sucesivo, "Hotel") y un viajero (en lo sucesivo, "Cliente"). Los operadores en este sentido pueden ser Dorint Hotels Betriebs GmbH (AG Köln, HRB 119364), Essential by Dorint GmbH (AG Köln, HRB 98777) o 5HALLS HOMMAGE HOTELS GmbH (AG Köln, HRB 98776), una empresa afiliada a ellos de conformidad con el artículo 15 de la AktG, un licenciatario de los mencionados o un tercero cuya explotación hotelera sea gestionada por uno de los operadores mencionados por cuenta de un tercero. En consecuencia, para la totalidad de los servicios a prestar según lo acordado en el contrato de viaje combinado (en lo sucesivo, "contrato") y los derechos y obligaciones contenidos en el mismo.

2. Los clientes en el sentido de las presentes CGC son tanto consumidores como empresarios en el sentido de los artículos 13 y 14 del Código Civil alemán (en lo sucesivo, "BGB").

 

II Celebración del contrato, partes contratantes; plazo de prescripción

1. El contrato se perfecciona con la aceptación de la solicitud del cliente por parte del hotel. Si el hotel hace al cliente una oferta vinculante, el contrato se celebra cuando el cliente acepta la oferta. En el caso de reservas a través de la propia página web del hotel, el contrato se perfecciona al hacer clic en el botón "RESERVAR CON OBLIGACIÓN DE PAGO". 2. El contrato se perfeccionará en el momento en que el cliente acepte la oferta del hotel.

2. El hotel proporcionará al cliente una copia o confirmación del contrato en un soporte duradero en el momento de la celebración del contrato o inmediatamente después. Si el cliente expresa su deseo, el hotel le proporcionará una copia o confirmación del contrato en papel.

3. las partes contratantes son el hotel y el cliente. Si un tercero ha realizado el pedido en nombre del cliente, éste responderá ante el hotel junto con el tercero como deudores solidarios de todas las obligaciones derivadas del contrato, siempre que el hotel haya recibido la correspondiente declaración del tercero.

4. el cliente podrá declarar en un soporte duradero hasta siete días antes del inicio del viaje que un tercero asumirá en su lugar los derechos y obligaciones derivados del contrato de viaje. El hotel podrá oponerse a la entrada de un tercero si éste no cumple los requisitos contractuales del viaje.

5. si un tercero entra en el contrato, éste y el cliente serán responsables ante el hotel como deudores solidarios. El hotel tiene la libertad de exigir pruebas de los costes adicionales reales y razonables en los que se haya incurrido como consecuencia de la entrada.

 

III Servicios, precios, pagos, compensación

1. El hotel tiene derecho a aumentar unilateralmente el precio del viaje hasta un 8 % del precio total del viaje si el aumento del precio del viaje es consecuencia directa de

a) un aumento del precio del transporte de pasajeros debido al incremento de los costes del combustible o de otras fuentes de energía, b) un aumento de los impuestos y otros cargos por los servicios de viaje acordados, como las tasas turísticas o las tasas portuarias o aeroportuarias, o c) una modificación de los tipos de cambio aplicables al viaje combinado en cuestión. 2. En caso de que se produzca un aumento del precio del viaje, el hotel informará de ello al cliente.

2. el hotel informará al cliente del aumento de precio y de los motivos del mismo de forma clara y comprensible en un soporte duradero y le facilitará el cálculo del aumento de precio. Un aumento de precio sólo será efectivo si cumple estos requisitos y se informa al cliente a más tardar 20 días antes del inicio de las vacaciones.

3. el cliente podrá exigir una reducción del precio del viaje si y en la medida en que los precios, las tasas o los tipos de cambio especificados en III. apartado 1 letras a) a c) de las presentes Condiciones Generales hayan cambiado tras la celebración del contrato y antes del inicio del viaje y ello suponga una reducción de los costes para el hotel. Si el cliente ha pagado una cantidad superior a la debida en virtud del presente contrato, el hotel le reembolsará el importe adicional. El touroperador podrá deducir los gastos administrativos realmente incurridos de la cantidad adicional a reembolsar. A petición del viajero, el touroperador deberá proporcionar pruebas del importe de los gastos administrativos incurridos.

4. el hotel tiene derecho a exigir anticipos o depósitos de garantía razonables tras la celebración del contrato, teniendo en cuenta las disposiciones legales. En consecuencia, el hotel sólo podrá exigir o aceptar el pago del precio del viaje por parte del cliente antes de la finalización del viaje combinado si existe un contrato efectivo de protección del dinero del cliente y se ha facilitado al cliente el nombre y los datos de contacto del asegurador del dinero del cliente de forma clara, comprensible y destacada.

5. el cliente sólo podrá compensar una reclamación indiscutible o legalmente vinculante con una reclamación del hotel.

6. el cliente acepta que la factura le sea enviada por vía electrónica.

IV. Anulación por parte del cliente/no utilización de los servicios del hotel (no show), anulación por parte del hotel

1. el cliente podrá rescindir el contrato en cualquier momento antes del inicio de las vacaciones. Si el cliente rescinde el contrato, el hotel pierde el derecho al precio del viaje acordado. No obstante, el hotel podrá exigir una compensación razonable por el importe de la siguiente indemnización a tanto alzado:

a) Anulación hasta el día 31 anterior al inicio del viaje: 20% del precio total del viaje b) Anulación del día 30 al 22 anterior al inicio del viaje: 35% del precio total del viaje c) Anulación del día 21 al 15 anterior al inicio del viaje: 45% del precio total del viaje d) Anulación del día 14 día hasta el 8º día antes del inicio del viaje: 60% del precio total del viaje e) Anulación del 7º al 1º día antes del inicio del viaje: 75% del precio total del viaje f) Anulación desde el inicio del viaje/no presentación: 90% del precio total del viaje

en la medida en que no sea responsable de la cancelación o se produzcan circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en sus inmediaciones que dificulten considerablemente la ejecución del viaje combinado o el transporte de personas al lugar de destino; las circunstancias son inevitables y extraordinarias si escapan al control del hotel y sus consecuencias no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las precauciones razonables.

2. las circunstancias descritas en la IV. Sección 1 a) a f) de estas CGC se calcularon de acuerdo con lo siguiente

a) el periodo transcurrido entre la declaración de cancelación y el inicio del viaje, b) el ahorro previsto en gastos incurridos por el hotel y c) la adquisición prevista mediante otro uso de los servicios de viaje.

El cliente tiene la libertad de probar que la reclamación no se ha producido o no se ha producido en la cuantía reclamada.

3. para hacer valer las reclamaciones en virtud de la IV. Sección 1 a) a f) de las presentes Condiciones Generales, será determinante la fecha de recepción de la notificación de cancelación del cliente por parte del hotel. El hotel tiene derecho a facturar al cliente la indemnización a tanto alzado y a retenerla del depósito.

4. el hotel podrá desistir del contrato antes del inicio del viaje debido a circunstancias inevitables y extraordinarias que le impidan cumplir el contrato; en este caso, el hotel deberá declarar su desistimiento inmediatamente después de tener conocimiento del motivo del desistimiento.

5. si el hotel rescinde el contrato, perderá su derecho al precio del viaje acordado. Si el hotel se ve obligado a reembolsar el precio del viaje como consecuencia de una anulación, deberá hacerlo inmediatamente, pero en cualquier caso dentro de los 14 días siguientes a la anulación.

6. las declaraciones de cancelación deberán ser recibidas por la parte que deba ser notificada en un soporte duradero.

 

V. Limitación de responsabilidad

1. la responsabilidad del hotel por los daños resultantes de un incumplimiento de las obligaciones contractuales y/o legales se limita al comportamiento intencionado y a la negligencia grave.

2. no obstante la anterior limitación de responsabilidad, el hotel será responsable por negligencia leve en caso de a) daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, y b) daños resultantes del incumplimiento de obligaciones contractuales materiales. Existe una obligación contractual material si el incumplimiento se refiere a una obligación en cuyo cumplimiento el cliente ha confiado y tenía derecho a confiar. c) Además, el hotel es responsable de los daños en la medida en que las disposiciones obligatorias de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos y otras disposiciones legales obligatorias estipulen una responsabilidad ilimitada.

3) La responsabilidad del hotel frente al cliente por daños que no sean corporales y que no hayan sido causados de forma culposa se limita al triple del precio de las vacaciones.

4) La limitación de responsabilidad indicada en el apartado V. de estas CGC se aplicará también a los empleados, representantes legales y otros auxiliares ejecutivos del hotel.

5. el hotel será responsable ante el cliente por los bienes introducidos en el hotel de conformidad con las disposiciones legales de los §§ 701 y ss. BGB hasta un importe máximo de 3.500 euros. En el caso de dinero, valores y objetos de valor, la cantidad de 800 euros sustituirá a la de 3.500 euros. Si el huésped desea introducir dinero, valores y objetos de valor por un valor superior a 800 euros u otros objetos por un valor superior a 3.500 euros, deberá suscribir un acuerdo de almacenamiento por separado con el hotel. Por lo general, se recomienda guardarlos en la caja fuerte del hotel o de la habitación. Para cualquier otra responsabilidad del hotel, se aplicarán las disposiciones anteriores conforme a V. Apartados 1 a 4 de estas CGC.

6. Si se pone a disposición del cliente una plaza de aparcamiento en el garaje del hotel o en un aparcamiento del hotel - incluso de pago - esto no constituye un acuerdo de custodia. En caso de pérdida o daños a los vehículos de motor estacionados o maniobrados en la propiedad del hotel y a su contenido, el hotel sólo será responsable de conformidad con los apartados 1 a 4 de la sección V de las presentes CGC. 7.

7. Las llamadas de despertador son realizadas por el hotel con el máximo cuidado. Los mensajes, el correo y los envíos de mercancías para los clientes también se gestionan con el máximo cuidado. El hotel se encargará de la entrega y el almacenamiento (en cada caso en el hotel) y -a petición- del reenvío de los mismos previo pago de una tarifa. Se aplicarán en consecuencia las disposiciones anteriores de las cláusulas 1 a 4 del apartado V de las presentes CGC.

 

VI Junta arbitral de consumo de la UE

De conformidad con la obligación legal, el hotel señala que la Unión Europea ha creado una plataforma en línea para la resolución extrajudicial de litigios en materia de consumo ("plataforma ODR"): ec.europa.eu/consumers/odr No obstante, el hotel no participa en procedimientos de resolución de litigios ante juntas arbitrales de consumo.

VII Disposiciones finales

1. las modificaciones o adiciones al contrato, a la aceptación de la solicitud o a estas CGC se realizarán en forma de texto, salvo que se estipule lo contrario en estas CGC y/o en disposiciones legales.

2. el lugar de cumplimiento y pago es el domicilio social del respectivo hotel o el domicilio social de la respectiva empresa explotadora.

3. el fuero exclusivo - también para litigios sobre cheques y letras de cambio - en las transacciones comerciales es Colonia. Si un socio contractual cumple los requisitos del § 38 párrafo 2 ZPO y no tiene un lugar de jurisdicción general en Alemania, el lugar de jurisdicción será el domicilio social del hotel.

4 Se aplicará exclusivamente la legislación alemana. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y el conflicto de leyes.

5. En caso de que alguna de las disposiciones de estas CGC fuera o llegara a ser inválida o nula, ello no afectará a la validez del resto de las disposiciones. En todos los demás aspectos, se aplicarán las disposiciones legales.

Estado: Octubre 2023